El Imserso abre nuevo plazo de solicitudes para el Programa de Termalismo del 2024

  • Para los turnos de los meses de febrero hasta agosto ambos inclusive se podrá solicitar hasta el 10 de enero de 2024 y para los turnos de los meses de septiembre a diciembre, ambos inclusive, la fecha límite de solicitud es hasta el 15 de mayo de 2024

Desde la Concejalía de Bienestar Social y Familia del Excmo. Ayuntamiento de Crevillent se informa que se ha abierto un nuevo plazo de solicitudes para el Programa de Termalismo del Imserso. El cual se dividirá en dos turnos a lo largo del año, para el primer turno que va desde el mes de febrero hasta agosto, ambos inclusive, se podrá solicitar hasta el 10 de enero de 2024, y para el segundo turno, que va desde septiembre hasta diciembre ambos inclusive, se podrá felicitar como fecha límite el 15 de mayo de 2024.

La concejala del área, María Jesús Alfonso Egea, informa que “para cumplimentar y presentar la solicitud se dispone de varios medios, pero que en el Centro de Mayores Parc Nou se informará y se ayudará en la cumplimentación de la solicitudes, que para ello, se debe preguntar en conserjería del Centro.” Además, también informa de que se podrá hacer de forma rápida, sencilla y con total seguridad de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Imserso (el acceso a la solicitud de este procedimiento no requiere autenticación electrónica por parte de la persona interesada). Para ello, se deberá descargar el formulario de solicitud de participación en el Programa de Balnearios para la temporada 2024 y una vez cumplimentado, deberá remitirlo por alguno de los medios facilitados, ya sea desde el medio electrónico en https://sede.imserso.gob.es o en los registros electrónicos y oficinas relacionadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 y en el apartado de correos número 61.285 – 28080 Madrid: Programa de Termalismo del Imserso.

La edil Alfonso Egea, comenta que se debe cumplir con unos requisitos previos a la solicitud, entre los que se encuentra ser pensionista de jubilación o incapacidad permanentes del Sistema de Seguridad Social español, ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años del Sistema de Seguridad Social español, ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años del Sistema de Seguridad Social español, ser persona asegurada o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años, el cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal y los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que el turno lo disfruten con sus padres y se alojen en la misma habitación.

El Programa está organizado y financiado por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, quien anualmente concierta con establecimientos termales la reserva de plazas en balnearios para la estancia y tratamiento de las personas usuarias del Programa.

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